Una de las cuestiones que más preocupa a la hora de aceptar una herencia es el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un tema que genera muchas dudas y queremos ayudarle a despejarlas.
Lo primero que debemos saber es que este tributo tiene un régimen general y ciertas especialidades. Estas últimas se dan en las Comunidades de Navarra y País Vasco, que tienen un régimen específico. En el resto, el importe a pagar dependerá de varios factores, como por ejemplo:
Valor de los bienes de la herencia Se establece una escala progresiva en función del valor de lo recibido. A mayor cantidad recibida, mayor será el pago del impuesto y viceversa.
Grado de parentesco con el fallecido Cuanto más alejado está el parentesco con la persona fallecida, más alto será el pago del impuesto. Así, por ejemplo, no es lo mismo heredar de un padre que de un bisabuelo. Muchas personas desconocen este aspecto; el cual reviste bastante importancia.
Patrimonio previo del sucesor El sucesor -es decir, la persona que recibe la herencia- puede tener un patrimonio personal más o menos elevado. Si ese patrimonio es alto, también será mayor la cantidad a pagar.
Otros motivos Finalmente, hay otras cuestiones que también determinan la cantidad exacta a pagar. Es el caso de ciertas herencias específicas, como la del negocio o vivienda familiares, que pagan menos impuestos.
A la hora de tramitar una herencia es importante contar con el asesoramiento adecuado. Ya sea para otorgar testamento o para otras cuestiones, no debemos tomar una decisión precipitadamente, Por ello se recomienda obtener previamente toda la información posible y acudir a un abogado especializado en la materia. Desde nuestro Despacho en Murcia podemos ayudarle si necesita más información sobre el tema. No dude en ponerse en contacto y exponer su caso si lo estima necesario.
Ante cualquier problema con su proceso de divorcio o separación, nuestros abogados en Murcia le ofrecerán respuestas basadas en el estudio personalizado de su caso de manera individualizada.